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Preguntas Frecuentes
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Procedimiento de Tramitación Conozca el Procedimiento de Tramitación de un registro de Marca o I.G.Tanto a nivel mundial como en nuestro país, la obtención de una marca o Indicación geográfica o denominación de Origen, requiere el cumplimiento de una serie de formalidades, las que constituyen un procedimiento con diferentes etapas, dónde el INAPI evalúa el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 19.039 y sus modificaciones, junto con su reglamento.
I.G. o D.O.
Hitos Principales del Proceso Registro de Marcas 1.Presentación de Solicitud 3.Publicación Diario OficialExámen de Fondo
4.Registro de Anotación Marginal
Presentación de Solicitud en el Proceso de Anotaciones Marginales
Los derechos de propiedad industrial (marcas, patentes, modelos, etc) pueden ser objeto de toda clase de actos jurídicos (transferencias de dominio, licencias de uso, prendas, etc) QUE SE ANOTAN EN EXTRACTO al margen del respectivo registro (ANOTACION MARGINAL), previo pago de un derecho equivalente a una unidad tributaria mensual. Los tipos de anotaciones marginales son: • Embargo • Cambio de nombre del Titular del Registro • Medida Precautoria • Prenda • Alzamiento • Prohibición • Transferencia Total• Transferencia Parcial • Licencia• Otro tipo de gravámenes Presentación de solicitud de anotación marginal El requerimiento de anotación marginal puede realizarse vía Internet (consulte sección servicio al cliente) o en forma presencial. En forma presencial, la presentación se realiza vía formulario, adjuntando documentación pertinente, en dependencias del INAPI. La solicitud es recepcionada y numerada en forma correlativa, ingresada en nuestras bases de datos procediéndose luego a la evaluación de los antecedentes. Importante: Si el requerimiento se realizó vía Internet, deberá hacer llegar al INAPI la documentación original en que se funda su petición de anotación, no olvidando individualizar la o las solicitudes de anotación a que se refiere. Recibida la solicitud de anotación, profesionales del INAPI analizarán la documentación desde el punto de vista legal a fin de verificar si justifica o no la anotación marginal.
OBSERVACIONES: A partir del examen anterior pueden efectuarse observaciones de forma y fondo, existiendo en ambos casos el plazo de 30 días hábiles para subsanarlas. En caso de no ser subsanadas, se declara el abandono de la solicitud de anotación, disponiéndose su archivo. Resolución de Aceptación
En caso que el solicitante no pague y/o no acredite el pago, la solicitud de anotación se tendrá por no presentada, disponiéndose su archivo. Registro de Anotación Marginal
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