| Qué es la piratería
Esta expresión es utilizada usualmente para referirse a determinados actos de utilización que no han sido autorizados por el titular de derechos de autor o de derechos conexos, ni por alguna excepción establecida expresamente por la Ley respectiva. Con tales usos ilegítimos, se afecta la normal explotación de las producciones intelectuales que generan autores, artistas e industrias creativas.
El término “piratería” es de uso habitual en materia de Propiedad Intelectual, para referirse a las conductas ilícitas de reproducción (copia) y distribución de ejemplares de obras y producciones intelectuales. Estos se generan sin obtener la debida autorización en Chile o en el país de origen en que se realiza la copia, constituyendo a su vez tales actos una infracción a esos derechos en el país al que finalmente llegan tales ejemplares, para su posterior distribución.
La piratería, es objeto de sanción especialmente cuando se realiza a escala comercial o con propósitos comerciales, pues afecta la justa retribución que por el uso legítimo de las obras y producciones intelectuales pueden obtener los titulares de derechos sobre ellas. En particular, con esta actividad se pueden afectar obras y producciones intelectuales de distintos tipos tales como:
- Literatura
- Música
- Audiovisuales
- Programas computacionales
- Videojuegos
- Bases de datos que constituyan creaciones de carácter intelectual
- Emisiones de organismos de radiodifusión (radio y TV)
El término “falsificación” es de uso habitual en materia de Propiedad Industrial, para referirse especialmente al uso malicioso, con fines comerciales, de una marca igual o semejante a otra para los mismos productos, servicios o establecimientos.
Entre los productos que pueden ser objeto de falsificación se cuentan:
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Ropa
- Perfumes y cosméticos
- Juguetes
- Cigarrillos
- Carteras y artículos de lujo |
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Infracciones a otros derechos de propiedad intelectual
Las marcas, los derechos de autor y derechos conexos no son los únicos derechos que pueden ser objeto de estos delitos. Las patentes, modelos de utilidad, esquemas de trazado o topografías de circuitos integrados, diseños y dibujos industriales, las indicaciones geográficas y denominaciones de origen también pueden ser infringidos. Ante una infracción a estos derechos, el titular puede ejercitar las acciones penales y/o civiles previstas en la ley.
En el caso de infracción a derechos de propiedad industrial (marcas, patentes, modelos de utilidad, esquemas de trazado o topografías de circuitos integrados, diseños y dibujos industriales, las indicaciones geográficas y denominaciones de origen), el delito se castigará con penas de multa.
En el caso de infracción a derechos de autor y derechos conexos, el delito se castigará con penas de multa, pudiendo aplicarse penas de prisión.

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