mar. 28, 2024

Directora Nacional de INAPI preside Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Diseños Industriales e Indicaciones Geográficas de la OMPI

En la 47ª sesión internacional, que dio lugar en la sede de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual –OMPI (Suiza, Ginebra), se discutió sobre la protección a los nombres de países y de nombres geográficos de importancia, así como el establecimiento de normas de protección a los diseños de las interfaces gráficas de usuario, IGU, entre otras materias.

Ginebra, Suiza – En el marco de la 47ª sesión del Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Diseños Industriales e Indicaciones Geográficas (SCT por sus siglas en inglés) de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual –OMPI, la directora Nacional de INAPI, Loreto Bresky, fue designada por elección de los miembros para presidir la reunión internacional que se lleva a cabo periódicamente, con la participación de delegaciones provenientes de varias partes del mundo.

En la oportunidad, se discutió sobre la protección a los nombres de países y de nombres geográficos de importancia; la protección de los nombres de países e indicaciones geográficas en el Sistema de Nombres de Dominio -DNS y el establecimiento de normas de protección a los diseños de las interfaces gráficas de usuario, IGU, entre otras materias.

El SCT se creó en 1998 como foro para analizar temáticas relacionadas al desarrollo progresivo del derecho internacional de marcas, diseños industriales e indicaciones geográficas, así como para facilitar la coordinación y brindar orientación al respecto, sin dejar de lado la armonización de las normas y los procedimientos nacionales.

La participación en el SCT en calidad de miembro está abierta a todos los Estados miembros de la OMPI o de la Unión de París para la Protección de la Propiedad Industrial. Una regla especial de procedimiento extiende la calidad de miembros, sin derecho a voto, a la Unión Europea.

Además, los Estados miembros de las Naciones Unidas que no son miembros de la OMPI o de la Unión de París, las organizaciones intergubernamentales, y las organizaciones no gubernamentales acreditadas que gozan de la condición de observador en la OMPI pueden participar en el Comité en calidad de observador.

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