El Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) oficializó, mediante la Resolución Exenta N° 287 con fecha 21 de julio de 2026, una extensión extraordinaria en los plazos fatales para los procedimientos administrativos que gestiona la institución. La determinación fue adoptada tras la declaración de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en la Provincia de Huasco (Región de Atacama) y en la totalidad de la Región de Coquimbo, decretada por el Ministerio del Interior producto del severo sistema frontal que generó inundaciones, aislamientos y severos cortes de servicios básicos.
La disposición beneficia de forma automática (de oficio) a todos los solicitantes, interesados y representantes que tengan registrado su domicilio en las comunas comprendidas dentro de las zonas bajo catástrofe. La ampliación aplica específicamente a los plazos fatales que vencen dentro del período de 30 días contados desde la publicación del Decreto Supremo N° 112 en el Diario Oficial, es decir, entre el 20 de julio y el 20 de agosto de 2026.
En términos de vigencia, la prórroga concedida corresponde a la mitad del tiempo fijado originalmente para el trámite correspondiente, otorgando así el máximo adicional que autoriza el artículo 26 de la Ley N° 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos. Con esto se busca garantizar la seguridad jurídica de los usuarios que, debido a las emergencias climáticas y fallas de conectividad, se ven imposibilitados de acceder oportunamente al sistema de tramitación electrónica del servicio.
Finalmente, la resolución contempla una norma particular para las causas de carácter contencioso tramitadas ante el organismo. En dichos casos, las partes afectadas que mantengan domicilio en las áreas mencionadas y cuyos plazos expiren durante el período de vigencia de la catástrofe, conservarán la facultad legal de alegar entorpecimiento conforme a las reglas generales que rigen este tipo de procedimientos judiciales.
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